Mediante el Decreto 843, el gobierno provincial implementa el Plan de Desescalada

Se ratifica su vigencia desde la 0 hora del sábado 25, con la posibilidad concreta que cada etapa podrá ser objeto de modificación conforme a los indicadores epidemiológicos de control y auditoria ciudadana utilizados actualmente

CHACO 23 de julio de 2020 redacción redacción
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Se apela a la responsabilidad individual y comunitaria para el éxito de este proceso de flexibilización.

A través del Decreto 843 del 23 de julio de 2020, el gobierno provincial dispuso la implementación del Plan de Desescalada de las medidas adoptadas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. De acuerdo a lo anunciado el sábado pasado por el gobernador Jorge Capitanich junto a jefes comunales de localidades de mayor criticidad en el marco de esta pandemia por COVID-19, las flexibilizaciones tendrán vigencia a partir de la 0 hora de este sábado 25 de julio.

Junto a diferentes actores institucionales, políticos, económicos y sociales, se suscribió en el salón Obligado de Casa de Gobierno el acuerdo sobre la desescalada gradual, progresiva y coordinada. “El plan de salida de la cuarentena descansa sobre un amplio consenso. Un gesto de unidad y colaboración necesario para afrontar una crisis como la que estamos viviendo”, resumió el mandatario provincial.

Las medidas serán de aplicación obligatoria para toda la comunidad, la administración pública, fuerzas de seguridad, organismos descentralizados, institutos, entidades y empresas del Estado provincial o con participación estatal mayoritaria. Tal lo aseguró el mandatario provincial en reiteradas oportunidades, el éxito de esta primera fase de tres dependerá de la responsabilidad individual y colectiva del pueblo del Chaco, toda vez que la vigencia de cada etapa podrá ser objeto de modificación conforme a los indicadores epidemiológicos de control y auditoria ciudadana utilizados actualmente. Así, se cita la tasa de incidencia y de contagio, la tasa de duplicación de días, R0, etapas de propagación con método BID, cantidad de testeos promedio y consultas al sistema 0800, entre otras.

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El Decreto en cuestión dispone además el cese en su utilización de la alarma sanitaria; mientras que será el Ministerio de Seguridad y Justicia quien determine los procedimientos viales y de controles policiales dinámicos y aleatorios que resulten necesarios para evitar la concentración y aglomeramiento de personas y el cumplimiento de lo dispuesto en este instrumento.

A su vez, la empresa Ecom Chaco SA tendrá a su cargo la implementación de una plataforma digital de uso obligatorio por parte de todas aquellas personas físicas y/o jurídicas públicas y privadas, que por la actividad que desarrollen realicen tareas de atención o interrelación con el público a efectos de contar con estadísticas y datos de movilidad urbana, restricciones para la circulación de personas y mecanismos de alerta y prevención sanitaria.

Además, la normativa faculta a los Ministerios, Secretarías y autoridades jurisdiccionales del Poder Ejecutivo del Poder Ejecutivo para que conforme sus competencias puedan disponer medidas y acciones de carácter complementario bajo el estricto cumplimiento de las disposiciones contenidos en este instrumento.

 

Copia Decreto

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Link decreto

http://chaco.gob.ar/covid19/#decretos

 

 AGENCIA FOCO 

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