INCREIBLE: Impulsan tomar "leche de cucaracha" para pasar la crisis en Argentina
Aunque la idea pueda parecer un tanto desagradable, este superalimento es más beneficioso de lo que creemos.
El gobierno provincial rubricó esta noche el Decreto 1242 /2021 a través del cual se prorrogan las medidas preventivas contra la COVID-19 y flexibiliza otras actividades.
SOCIEDAD 10 de junio de 2021 redacciónLa normativa en cuestión, en el marco de esta segunda ola por coronavirus en el país, tendrá vigencia desde este jueves 10 de junio y hasta lunes 21 de junio, inclusive.
Entre las flexibilizaciones, se destacan las clases presenciales en los establecimientos rurales y en aquellas localidades y zonas que registren tasa de incidencia inferior a 150 casos cada 100.000 habitantes; al tiempo que se habilita a restaurantes y bares la atención en espacios cerrados con reducción de aforo al 30%, entre las 8 a las 22.
A su vez, se habilitan el uso de hasta un 75% de aforo en las unidades de transporte; el desarrollo de obras de construcción pública y privada; casinos y Cines con estricta reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio, dentro del horario de circulación habilitado hasta las 22. Del mismo modo, se habilita a Iglesias, cultos y celebraciones religiosas con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible (en ningún podrá exceder de 100 personas); al igual que peloteros y salones Infantiles con aforo del 30% para eventos que no superen las 2 horas de duración. Para la Administración Pública Provincial se dispone la habilitación de los términos y plazos administrativos a partir del día lunes 14 de junio; hasta dicha fecha los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.
Síntesis medidas COVID
Reuniones – Eventos: No se encuentran permitidos eventos públicos y/o privados en espacios abiertos o cerrados bajo cualquier modalidad o motivo.
Parques, Plazas, Espacios públicos: Se permite el uso de los espacios para recreación y esparcimiento. No se encuentra habilitado el desarrollo de ferias, exposiciones, conciertos, recitales y en general de todo tipo de eventos que genere y/o pudiera implicar concurrencia masiva o aglomeramiento de personas,
Restricción de circulación: En el horario comprendido entre las 22 y las 6 de cada día exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.
Alarma Sanitaria: A partir de las 21.
Pasaporte Covid: comprenderá el permiso para circular con autotest y la identificación del sujeto como persona con protección inmunitaria, ya sea por vacunación (con fecha de más de 30 días de inoculación de primera dosis) o por haber sido paciente activo en los últimos 4 meses. Los locales con actividades habilitadas, deberán verificar que la persona que requiera sus servicios cuente con Pasaporte Covid vigente.
Constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la Provincia.
Actividad y locales comerciales esenciales para abastecimiento: Se encuentra habilitado el funcionamiento de los locales comerciales en el horario de 8 a 21, con estricta reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio. Se recomienda la utilización de entregas a domicilio y/o para llevar.
Actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general: Se encuentran habilitadas en el horario de 8:00 a 21:00hs. con estricta reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio.
Shopping y centros comerciales: Los locales de venta que funcionen en centros comerciales y shopping podrán funcionar en los horarios y con el aforo previstos en el párrafo precedente. No se permitirá la permanencia de clientes en los espacios comunes y patios de comida, cuyos locales podrán funcionar exclusivamente bajo modalidad de delivery (entrega a domicilio).
Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados para atención en espacios cerrados con reducción de aforo al 30% entre las 8 a las 22.
Se sugiere priorizar atención al aire libre. A partir de las 22 y hasta las 24 se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery).
Gimnasios – Clubes - Actividades Físicas y Deportivas: A fin del restablecimiento gradual del sector, podrán funcionar en este período bajo las siguientes modalidades:
Gimnasios – Academias: Se encuentran habilitados para entrenamiento individual los días lunes a viernes en el horario comprendido entre las 6:00 y las 21, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.
Clubes: Podrán funcionar en el mismo horario indicado en el párrafo anterior para el desarrollo de entrenamientos físicos y/o de disciplinas deportivas individuales y/o grupales sin compartir elementos.
A nivel general no se encuentra permitido:
- La práctica deportiva de contacto y aquella que implique compartir elementos en común, en espacios cerrados y/o al aire libre.
- El desarrollo de actividades con presencia de público o que impliquen concentración de personas.
- El desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateur.
Transporte: Se habilita el uso de hasta un 75% de aforo en las unidades – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con pasaporte Covid
Obras de construcción: Se habilita el desarrollo de obras de construcción pública y privada.
Casinos – Cines: Se encuentra habilitado su funcionamiento con estricta reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio, dentro del horario de circulación habilitado hasta las 22 hs.
Agencias, Sub-Agencias de quiniela: se mantienen las habilitaciones previstas por Decreto N° 1176/2021.
Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitadas con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible. En ningún podrá exceder de 100 personas
Jardines – Guarderías: se mantiene el funcionamiento.
Peloteros – Salones Infantiles: se habilita con aforo del 30% para eventos que no superen las 2 horas de duración.
Administración Pública Provincial: Se dispone la habilitación de los términos y plazos administrativos a partir del día lunes 14 de junio; hasta dicha fecha los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.
Sistema Educativo Provincial: A partir del día lunes 14 de junio del corriente año se habilitará el dictado de clases presenciales en los establecimientos rurales y en aquellas localidades y zonas que registren tasa de incidencia inferior a 150 casos cada 100.000 habitantes, conforme la normativa complementaria que el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología establezca a tal fin. Para aquellos lugares no comprendidos en lo mencionado anteriormente las y los docentes de la Provincia deberán dar continuidad al desarrollo curricular a través del dictado de clases de manera digital a través de la plataforma ELE.
Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención vía remoto y por audiencias virtuales.
Aunque la idea pueda parecer un tanto desagradable, este superalimento es más beneficioso de lo que creemos.
Cerca de 400 personas se acercaron al vehículo volcado en medio de la ruta y se llevaron los animales en medio de una violenta escena de saqueos y caos.