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title: "La Justicia redujo a la mitad una indemnización laboral tras considerar excesivo el monto actualizado"
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date_published: "2026-09-29T09:23:00-03:00"
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# La Justicia redujo a la mitad una indemnización laboral tras considerar excesivo el monto actualizado

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Un tribunal laboral de **Lomas de Zamora** resolvió reducir en un 50% una indemnización que, luego de aplicar el mecanismo de actualización previsto por el artículo 55 de la Ley 27.802, había pasado de **$818.648 a $46.650.124**.

La decisión fue adoptada en primera instancia por las juezas **María Florencia Farina, Carina Gómez Ansede y Adriana Huguenin**, quienes fijaron finalmente el monto de la condena en **$23.325.062**.

### Cómo se originó el reclamo

El expediente comenzó con la demanda de un vigilador privado que afirmó haber trabajado entre 2009 y 2019 para distintas empresas del sector. El trabajador sostuvo que existió una continuidad laboral pese a los cambios de razón social y cuestionó las condiciones en las que estaba registrado.

Durante el proceso, el tribunal estableció como fecha real de ingreso enero de 2011, consideró acreditadas irregularidades en la registración laboral y reconoció como justificado el despido indirecto.

Por esos conceptos, el cálculo inicial de la indemnización alcanzaba los **$818.648**.

### El monto se multiplicó por casi 57

El conflicto principal surgió al actualizar esa suma mediante el mecanismo establecido por el **artículo 55 de la Ley 27.802**.

Con la aplicación de la fórmula, el monto pasó a **$46.650.124**, casi 57 veces por encima del capital original.

Ante ese resultado, el tribunal consideró que la aplicación estricta del mecanismo producía un monto que calificó en el fallo como **“manifiestamente desproporcionado e irrazonable”**.

Las magistradas también hicieron referencia a la doctrina establecida en el caso **“Barrios” de la Suprema Corte bonaerense**, utilizada como fundamento para moderar resultados que puedan generar un desequilibrio patrimonial.

Finalmente, resolvieron reducir el resultado en un **50%** y establecer la condena en **$23.325.062**.

El fallo **no se encuentra firme** y puede ser apelado ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.

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