La Justicia sobreseyó a los cuatro exjugadores de Vélez denunciados por violación en Tucumán
El juez José Augusto Páez Almonacid resolvió sobreseer a los cuatro exjugadores de Vélez Sarsfield denunciados por una presunta violación ocurrida en Tucumán, tras una audiencia en la que se analizaron los planteos de las defensas, la postura del Ministerio Público Fiscal y la oposición de la querella.
Con esta decisión, el magistrado dispuso el cierre del proceso penal en esta instancia. No obstante, la abogada de la denunciante, Patricia Neme, adelantó que la resolución será apelada ante instancias superiores.
En declaraciones a los medios, la letrada cuestionó duramente el fallo y sostuvo que durante el proceso no se valoraron las pruebas aportadas por la víctima. Según explicó, el juez basó su decisión principalmente en el análisis de conversaciones telefónicas de testigos, que —según la defensa— indicarían que la denunciante no habría sido violada.
“La única prueba que valoró fue la de teléfonos de testigos, chats entre amigas que dijeron que a ella no la violaron. Esa prueba también será impugnada”, señaló Neme.
Desde la querella consideraron que el sobreseimiento es prematuro y que no se alcanzó el estándar legal de “certeza negativa” que exige la ley para cerrar una causa de este tipo. Además, sostuvieron que no se incorporaron ni analizaron adecuadamente elementos clave como pericias médicas y biológicas, evidencia digital, registros de comunicaciones y testimonios, los cuales —afirman— debieron ser evaluados en un debate oral con participación de peritos y posibilidad de contraexamen.
Asimismo, remarcaron que el sobreseimiento no constituye una declaración de inocencia, sino una decisión procesal que puede ser revisada por tribunales superiores.
Por último, los representantes de la víctima subrayaron que el tratamiento del caso debe ajustarse a los estándares establecidos en la Ley 27.732 de Protección de Víctimas y en la Ley 26.485, que obligan al Estado a garantizar investigaciones eficaces en casos de violencia sexual y a evitar cierres anticipados que puedan derivar en revictimización o violencia institucional.
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