Caso Cecilia Strzyzowski: apelan las perpetuas por presuntas irregularidades y presión mediática
Las defensas de Emerenciano Sena, César Sena, Gustavo Obregón y Fabiana González presentaron recursos de casación y de inconstitucionalidad contra el veredicto del Jurado Popular del 15 de noviembre de 2025 y la sentencia N° 7 del 10 de febrero de 2026, que impuso prisión perpetua por el femicidio de Cecilia Strzyzowski.
En los planteos, las defensas sostienen que el juicio estuvo atravesado por “vicios estructurales” que, a su criterio, afectan la validez del debate y del veredicto condenatorio.
Cuestionamientos a una prueba clave
Uno de los ejes centrales del recurso presentado por el abogado de Emerenciano Sena, Ricardo Osuna, es la incorporación al debate de un acta policial que contenía una esquela no autenticada en la que se sugería que el imputado debía “no decir nada porque se hunden todos”.
Según la defensa:
No existió pericia caligráfica ni acreditación de autoría.
La prueba habría sido incorporada en violación del artículo 62 de la Ley 2364-B de Juicio por Jurados, que prohíbe introducir constancias del legajo de investigación.
El jurado solicitó volver a ver esa prueba antes de emitir el veredicto, lo que demostraría su incidencia directa en la condena.
Para los abogados, el ingreso de ese documento “altamente incriminante” habría contaminado la deliberación.
Planteo por presión mediática
Otro de los agravios apunta a la exposición pública del caso. Las defensas sostienen que existió una “contaminación informativa” que comprometió la imparcialidad del jurado.
En ese sentido, mencionan:
La amplia cobertura en medios locales y nacionales.
La difusión de prueba no admitida judicialmente.
La emisión de la serie audiovisual “La trama del poder” durante el juicio.
Entrevistas a testigos en pleno desarrollo del debate.
Según el recurso, el jurado habría estado expuesto a información extraprocesal, en violación del artículo 18 de la Constitución Nacional y del artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que garantizan el derecho a ser juzgado exclusivamente por la prueba producida en el debate.
Nulidad de la acusación
La defensa también cuestiona la plataforma fáctica de la acusación. Sostiene que la imputación original era defectuosa y que durante el proceso habría mutado hacia una hipótesis de participación por omisión impropia.
Entre los argumentos señalan que:
No se describió una acción concreta atribuible a Emerenciano Sena, sino una “ausencia deliberada”.
No se acreditó posición de garante ni los elementos típicos exigidos para una imputación por omisión impropia.
La acusación habría sido ambigua y oscilante, afectando el principio de congruencia.
Además, se objeta que la fiscalía habría intentado ampliar la teoría del caso en audiencias preliminares, reintroduciendo la hipótesis de un “plan criminal” y un supuesto viaje que, según la defensa, ya habían sido excluidos. Los abogados afirman que se creó una figura inexistente denominada “refuerzo de la teoría del caso”, lo que —a su entender— vulneró el principio de preclusión.
Otras apelaciones
La defensa de Obregón y González también presentó recurso de casación, centrado en la valoración de la prueba y en lo ocurrido durante las distintas etapas del proceso.
Por su parte, la defensa de César Sena adelantó que interpondrá, entre otros planteos, un recurso por la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.
La próxima instancia
Con los recursos formalizados, será ahora el tribunal superior el que deberá analizar si existieron las irregularidades denunciadas y determinar si corresponde confirmar las condenas o revisar el proceso.
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