La Corte Suprema debate el futuro de la Ley de Tierras y podría restablecer restricciones a la compra de campos por extranjeros
El máximo tribunal inició un Acuerdo Extraordinario para analizar un pedido de medida cautelar contra la derogación de la Ley de Tierras. Una eventual decisión favorable podría reponer provisoriamente los límites establecidos para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros, eliminados por el DNU 70/2023.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación se encuentra reunida en un Acuerdo Extraordinario para resolver un nuevo planteo judicial relacionado con la Ley de Tierras. Los jueces deben determinar si corresponde conceder una medida cautelar que permita restablecer, de manera provisoria, las restricciones a la compra de campos por parte de ciudadanos extranjeros.
Antes de avanzar con la resolución, el tribunal estableció un plazo de 24 horas para que las partes presenten eventuales impugnaciones contra la designación de los conjueces que intervendrán en el expediente. También habilitó días y horas inhábiles para acelerar el trámite.
Quiénes impulsan el reclamo
La presentación fue realizada por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre ellos las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon.
El expediente está relacionado con el proceso colectivo iniciado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Los nuevos demandantes solicitaron una aclaración luego de que su amparo fuera considerado conexo con esa causa, para determinar qué efectos tiene el fallo de la Corte sobre su propio reclamo.
Para intervenir en el expediente fueron designados los conjueces Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Ambos aceptaron el cargo. Como suplentes quedaron Jorge Morán y Eduardo Farah, integrantes de cámaras federales de la Ciudad de Buenos Aires.
El antecedente que reabrió la discusión
La nueva presentación se produjo después de que la Corte revocara una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley 26.737, dispuesta mediante el DNU 70/2023 del presidente Javier Milei.
En aquella resolución, el máximo tribunal consideró que el CECIM no tenía legitimación activa para cuestionar la medida. El fallo provocó críticas de sectores de la oposición y reactivó el debate político sobre la vigencia del decreto, incluso con planteos para tratar su derogación en el Congreso.
Ante las repercusiones, la Corte difundió un comunicado en el que sostuvo que su decisión se había limitado a una cuestión procesal y aclaró que no afectaba otras medidas cautelares sobre el mismo tema que continúan en trámite ante distintos tribunales.
También señaló que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras puede solicitar una medida cautelar ante un juez competente, quien deberá evaluar su procedencia.
Qué puede pasar con la Ley de Tierras
La decisión que se espera ahora podría tener consecuencias sobre las restricciones para adquirir tierras rurales en Argentina.
Si la Corte hace lugar a la medida cautelar, las limitaciones previstas en la Ley 26.737 podrían volver a aplicarse provisoriamente, pese a que fueron derogadas por el DNU 70/2023.
Por el momento, el resultado del Acuerdo Extraordinario no está definido. La resolución determinará si corresponde restablecer temporalmente esas restricciones mientras continúa la discusión judicial sobre la normativa.