La Cámara Federal ratificó que "Tito" López no podrá acceder al "blanqueo" y continuará detenido

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la decisión tomada por el juez Ricardo Mianovich.

JUDICIALES28 de febrero de 2025RedactorRedactor
tito lopez

Los acusados habían solicitado la suspensión de la acción penal (por lavado de activos) en base a la Ley de Blanqueo (N° 27.743) y al régimen de moratoria impositiva al que "Tito" López y su familia se habían adherido, argumentando que cumplían con los requisitos legales para acceder a los beneficios establecidos. Además, alegaron que no existían delitos tipificados en el Código Penal que justificaran la acción penal en su contra.

El juez Ricardo Mianovich había rechazado la solicitud de suspensión de la acción penal en diciembre, argumentando que el beneficio de la Ley de Blanqueo solo se aplica a casos de acciones penales tributarias, aduaneras y de seguridad social, excluyendo delitos como el lavado de activos. También señaló que las normas sobre suspensión de la acción penal deben interpretarse de manera estricta.

"Debe quedar claro que en la presente investigación se busca esclarecer la maniobra de lavado de activos, existiendo pruebas suficientes para que el caso avance a una etapa procesal distinta y esa decisión ya es firme", indicó el fallo de la Cámara Federal.

Finalmente, en un fallo emitido el jueves 27 de febrero, al que accedió NG Federal, la Cámara Federal de Apelaciones resolvió no aceptar el recurso de apelación presentado por la defensa y ratificó la resolución del juez de primera instancia en todos los aspectos que fueron motivo de agravio. Esto significa que se mantuvo el rechazo a la suspensión de la acción penal solicitada por los imputados.

"Consideramos que el Magistrado resolvió la solicitud conforme a los parámetros legales establecidos por la normativa vigente", afirmó el fallo de la Cámara Federal.

Tras evaluar los argumentos de la defensa y lo que inicialmente resolvió Mianovich, la Cámara Federal de Apelaciones decidió, por mayoría, no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa y confirmó la resolución del juez de primera instancia en todos los puntos que fueron objeto de cuestionamiento.

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