





El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia Tecnología de la Provincia, ante consultas efectuadas por distintos medios, comunica a los agentes administrativos y docentes actualmente en servicio, lo siguiente:
"Encontrándose en vigencia la Ley Nº 808 - H (ex 4044), es preciso recordar:
1- Que el actual Decreto Nº 2485/08 establece el procedimiento del trámite jubilatorio para el sector administrativo, declarando imperativa la jubilación de quienes estén encuadrados en los presupuestos legales y reglamentarios para acogerse a la jubilación.
2- Por su parte, el capítulo II del Estatuto Docente (Ley 647-E), trata de los derechos y deberes de los docentes y, por supuesto, reconoce entre los primeros al de la jubilación.
3- Le corresponde al Estado, porque así lo dispone la Ley, la facultad de verificar en forma permanente quienes son los agentes que van cumpliendo con los extremos legales previstos en la normativa (antigüedad, aportes, servicios, etc.) y es por ello, que se ha notificado a los agentes para que puedan iniciar los trámites jubilatorios que la ley y la Constitución han consagrado en su favor.
No se actuará en contra del trabajador, sino en defensa del derecho social consagrado por la Constitución Nacional, en su artículo 14 bis".







Plan Provincial 200 Viviendas Ñachec: Familias de El Espinillo ya tienen su casa propia
De la espera al hogar: este martes, el gobernador Leandro Zdero entregó viviendas a familias vulnerables de El Impenetrable, en un emotivo acto realizado en la localidad de El Espinillo.

El Directorio de Lotería Chaqueña, a través de la Dirección de Juegos Especiales, anuncia oficialmente el lanzamiento de la segunda edición anual del Sorteo Benéfico y Solidarios por la Vida– Emisión Nº 086.









