


Despidieron a un trabajador por tomar mate y ahora deberán compensarlo económicamente
Un empleado de una panadería de Cipolletti, Río Negro, fue cesado de su puesto por tomar mate durante su jornada laboral, pero la Justicia determinó que la decisión fue inapropiada y ordenó que se le abone una indemnización.
SOCIEDAD19 de junio de 2025





El fallo del tribunal local consideró que el despido fue “excesivo” en relación con la falta cometida.


El trabajador había ingresado a la panadería como repartidor en noviembre de 2017. Durante la pandemia, en julio de 2020, firmó un aviso en el que se indicaba la prohibición de consumir mate dentro del establecimiento, como parte de las medidas sanitarias adoptadas por la empresa.
Semanas después, el propietario del comercio lo grabó en video mientras tomaba mate en el área de elaboración, compartía la bebida con otro empleado y dejaba el recipiente sobre las superficies utilizadas para preparar productos.
La panadería argumentó que esta conducta representaba un riesgo para la higiene, alegando que la saliva podía contaminar los alimentos y que la yerba podría caer sobre las masas aún sin hornear.
En octubre de ese año, varios meses tras la firma del protocolo, el empleador le comunicó verbalmente su despido y luego lo formalizó mediante una carta documento, justificándolo por una supuesta pérdida de confianza.
El trabajador negó la acusación, y durante el proceso judicial se demostró que tomar mate era una costumbre habitual en el lugar. Además, el tribunal destacó que el empleado no tenía antecedentes de sanciones y que la empresa no había adoptado medidas disciplinarias previas al despido.
Por ello, los jueces calificaron la decisión como desmedida y sin fundamentos sólidos, violando el principio de gradualidad previsto en la legislación laboral. En consecuencia, se dictaminó que la empresa debía indemnizar al ex empleado por despido injustificado, incluyendo:
- Compensación por años de servicio
- Indemnización sustitutiva por falta de preaviso y su respectivo aguinaldo
- Pago proporcional del mes en que fue despedido y su SAC
- Sueldo correspondiente a los días trabajados en octubre de 2020
- Aguinaldo proporcional del segundo semestre
- Vacaciones no utilizadas
Además, se exigió que la empresa entregue los certificados laborales correspondientes.



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