





Desde este miércoles, el procedimiento para obtener o renovar la Credencial de Legítimo Usuario (CLU) de armas de fuego podrá gestionarse completamente de manera digital mediante una plataforma oficial recientemente habilitada. Esta medida, impulsada por el Gobierno nacional, fue oficializada a través de la Resolución 3/2025 del Registro Nacional de Armas (Renar), publicada en el Boletín Oficial.


La iniciativa se enmarca en el proceso de modernización administrativa y establece la implementación del sistema "CLU DIGITAL", que funcionará exclusivamente a través de la plataforma MiRenar (https://mirenar.minseg.gob.ar), dependiente del Registro Nacional de Armas (RENAR).
¿Cómo operará el nuevo sistema?
Esta herramienta digital permitirá tramitar la credencial como legítimo usuario para armas de uso civil, uso civil condicional y materiales especiales. A través de MiRenar, se realizarán controles automáticos sobre los requisitos técnicos y legales exigidos, de acuerdo con lo establecido por las disposiciones RENAR N.º 197/06 y 487/07, que seguirán vigentes para trámites presenciales o excepcionales.
El desarrollo del sistema estuvo a cargo de la Dirección de Sistemas de la Dirección Nacional de Administración, Asuntos Jurídicos y Modernización del RENAR. Su puesta en funcionamiento fue respaldada por informes técnicos y legales, y también cuenta con el aval de la Dirección Nacional de Registro y Delegaciones.
El arancel para realizar el trámite digital será equivalente al costo del procedimiento urgente de la CLU, determinado en Unidades ANMAC, con el fin de unificar los criterios entre gestiones digitales y presenciales.
La digitalización de este proceso se encuadra dentro del Plan de Transformación Digital Integral del RENAR, organismo que reemplazó a la disuelta Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), conforme lo establecido en el Decreto N.º 445/25. A partir de esta reforma, todas las menciones normativas a la ANMAC deberán interpretarse como dirigidas al nuevo Registro.
El propósito principal de esta medida es agilizar los trámites, optimizar los mecanismos de control y registro, y facilitar la interacción entre los ciudadanos y el Estado mediante la incorporación de nuevas tecnologías. Además, busca reforzar las funciones previstas en el artículo 5.º de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.º 20.429 y contribuir a una administración más eficiente y transparente en el control de armas en el país.






Vargas: La Ley 4203-C responde a un reclamo histórico de las iglesias evangelicas como personas juridicas privadas.



















