NACIONALES Por: RedactorHace 3 horas

La Justicia redujo a la mitad una indemnización laboral tras considerar excesivo el monto actualizado

Un tribunal laboral de Lomas de Zamora resolvió reducir en un 50% una indemnización que, luego de aplicar el mecanismo de actualización previsto por el artículo 55 de la Ley 27.802, había pasado de $818.648 a $46.650.124.

La decisión fue adoptada en primera instancia por las juezas María Florencia Farina, Carina Gómez Ansede y Adriana Huguenin, quienes fijaron finalmente el monto de la condena en $23.325.062.

Cómo se originó el reclamo

El expediente comenzó con la demanda de un vigilador privado que afirmó haber trabajado entre 2009 y 2019 para distintas empresas del sector. El trabajador sostuvo que existió una continuidad laboral pese a los cambios de razón social y cuestionó las condiciones en las que estaba registrado.

Durante el proceso, el tribunal estableció como fecha real de ingreso enero de 2011, consideró acreditadas irregularidades en la registración laboral y reconoció como justificado el despido indirecto.

Por esos conceptos, el cálculo inicial de la indemnización alcanzaba los $818.648.

El monto se multiplicó por casi 57

El conflicto principal surgió al actualizar esa suma mediante el mecanismo establecido por el artículo 55 de la Ley 27.802.

Con la aplicación de la fórmula, el monto pasó a $46.650.124, casi 57 veces por encima del capital original.

Ante ese resultado, el tribunal consideró que la aplicación estricta del mecanismo producía un monto que calificó en el fallo como “manifiestamente desproporcionado e irrazonable”.

Las magistradas también hicieron referencia a la doctrina establecida en el caso “Barrios” de la Suprema Corte bonaerense, utilizada como fundamento para moderar resultados que puedan generar un desequilibrio patrimonial.

Finalmente, resolvieron reducir el resultado en un 50% y establecer la condena en $23.325.062.

El fallo no se encuentra firme y puede ser apelado ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.