El Juicio oral y público a Buyatti comenzará el 23 de mayo

Así lo resolvió el Consejo de la Magistratura, constituido en Jurado de Enjuiciamiento.

18 de abril de 2023 redacción redacción
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La denuncia contra la magistrada fue presentada por los procuradores de la provincia por los delitos de amenazas agravadas y abuso de poder de autoridad. 

 

El Consejo de la Magistratura, constituido en Jurado de Enjuiciamiento,  informó este martes fijó fecha de inicio del Juicio oral y público a la jueza Laura Buyatti, en el marco de la causa “Señores Procurador General y Procurador General Adjunto  S / Acusación C/ Dra. Laura Verónica Buyatti –Jueza de Niñez Adolescencia y Familia N° 1 de Villa Ángela. “. Expte N° 279/23.

El proceso comenzará el 23 de mayo, a partir de las 9, en la sede del Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento ubicada en la Calle América N° 117 de Resistencia. La denuncia contra la jueza Buyatti fue presentada el 8 de febrero pasado, por los procuradores de la provincia por los delitos de amenazas agravadas y abuso de poder de autoridad, arts. 7°. Inc. e)  y el 8°.Inc. F Ley 33-b, en función del artículo 154 de la Constitución Provincial. 

Al mismo tiempo, el 7 de marzo, por resolución N° 332/ 23 se admitió formalmente la acusación y se suspendió preventivamente a la magistrada. 

El Jurado de Enjuiciamiento está conformado por los siguientes miembros: presidente, Héctor Daniel Zalazar; miembros: Íride Isabel María Grillo; Gloria Beatriz Zalazar; Ana Mariela Kassor; Jessica Yanina Ayala; Edgardo Gabriel Reguera  y Carim Antonio Peche. 

Pasos por seguir
En primer lugar, se leerá la acusación y luego se procederá a incorporar, por lectura, las pruebas (instrumentales e informativas) y se les tomará declaración a los testigos. Seguidamente se pasará  a un cuarto intermedio para luego continuar en otra audiencia con los alegatos de las partes. Finalmente se fijará la fecha para la lectura de la sentencia que podrá ser condenatoria o absolutoria. 

Es importante resaltar que el propósito del juicio político no es el castigo del funcionario. Solamente se limita a destituir al juez o jueza, por eso se lo denomina “juicio político” pues no es un juicio penal. De todas maneras, las reglas del debido proceso tienen “significativa relevancia”, explicaron desde el cuerpo.  

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