Ratificaron a la jueza Zunilda Niremperger en la causa contra POLI-NARCOS acusados de robar droga

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La Sala Única de Revisión Penal Federal de Resistencia confirmó el rechazo a la recusación presentada contra la jueza federal de Garantías N°1, Zunilda Niremperger, quien continuará al frente de la causa que investiga a siete policías acusados de sustraer cocaína.

La resolución fue dictada el 5 de enero de 2026 por la jueza de Cámara Rocío Alcalá, quien declaró inadmisible por extemporáneo el planteo realizado por los abogados defensores Miguel Ángel Barceló y Macarena Barceló Fogar.

La recusación había sido promovida el 30 de diciembre de 2025 por la defensa de uno de los imputados, al alegar un supuesto “temor fundado de parcialidad”. El argumento central fue que la magistrada habría mantenido intercambios por redes sociales con uno de los acusados, lo que —según la defensa— podría afectar su imparcialidad.

No obstante, la Cámara destacó que la propia Niremperger informó esa situación el 19 de diciembre de 2025 a la Oficina Judicial “por razones de transparencia”, aclarando que se trataba de un contacto estrictamente social, sin relación con la causa ni entidad suficiente para comprometer su independencia. Esa información fue notificada a todas las partes entre el 19 y el 20 de diciembre, antes de la audiencia de formalización de la investigación.

El fallo también subraya que el 21 de diciembre se realizó la audiencia de formalización y control de detención, y que ninguna de las partes objetó ni recusó a la jueza en ese momento, consintiendo su continuidad en el expediente. Recién tras un cambio de defensa el 24 de diciembre, se presentó la recusación el 30 de diciembre, fuera del plazo legal de tres días previsto por el artículo 62 del Código Procesal Penal Federal.

En su resolución, la jueza Rocío Alcalá fue categórica al señalar que los plazos procesales son perentorios y que el cambio de abogados no suspende ni reinicia esos plazos, ya que rigen en beneficio del imputado y no del profesional que circunstancialmente lo represente. Además, remarcó que no se solicitó reposición de plazo ni se invocaron causas de fuerza mayor.

Por todo ello, la Cámara confirmó el rechazo dispuesto en primera instancia, declaró inadmisible la recusación por extemporánea, ordenó notificar a las partes y devolver las actuaciones a la Oficina Judicial. De esta manera, Zunilda Niremperger seguirá interviniendo en la causa, quedando firme el criterio de que el planteo defensivo fue presentado fuera de término.

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