La Corte de Entre Ríos rechazó la excarcelación y la prisión domiciliaria de Nahir Galarza
Por segunda vez, la defensa había pedido el beneficio por "el notable avance del virus" en el penal donde cumple su condena a cadena perpetua.
POLICIALES 18 de septiembre de 2020 redacciónEl Supremo Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer) rechazó el pedido de excarcelación y, subsidiariamente, el de arresto domiciliario de Nahir Galarza, la joven condenada a prisión perpetua por el crimen de su novio, Fernando Pastorizzo, cometido en 2017 en Gualeguaychú, que había sido solicitado a raíz de los casos positivos de coronavirus registrados en el penal donde está alojada, informaron hoy fuentes judiciales
El fallo, difundido hoy, fue firmado por los jueces Miguel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, quienes tuvieron en cuenta un informe médico que detalla el "buen estado de salud, nutrición y aseo" de la joven, las condiciones de la unidad penal y diferentes exámenes médicos.
Los abogados defensores José Ostolaza y Pablo Sotelo habían solicitado la prisión domiciliaria con tobillera electrónica porque, según ellos, la joven "está medicada con loratadina, es alérgica y necesita un paff" para respirar, lo que "la convierte en una persona de riesgo".
"La solvencia de la interna se ve consolidada por su buen comportamiento, además del fuerte acompañamiento de su grupo familiar", apuntó la defensa, factores "esenciales para garantizar eficazmente la tutela de sus derechos a la vida e integridad física".
Por su parte, los abogados querellantes de la familia Pastorizzo, Juan Carlos Peragallo, Sebastian Arrechea; de la madre, Rubén Virué; y el procurador General, Jorge Amilcar García se opusieron al pedido.
Los detalles del informe de la Justicia
Los jueces solicitaron un informe a la subalcaide Daniela Cuesta, quien detalló que Nahir Galarza tiene un recreo de dos horas todos los días, y dos celulares, uno para mensajes y otro para videollamadas con el que se comunica con su familia.
Además, se encuentra en un pabellón con cuatro compañeras, de 7,45 metros por 4,10 de ancho, con dos ventanas, un baño con agua caliente, una pileta de lavar, mesa con sillas y televisión por cable.
A su vez, el informe médico refiere que Galarza presenta "buen estado de salud; en tratamiento con buena evolución por un eczema en mano izquierda", y detalló que a fines de agosto se realizó análisis de laboratorio con resultados "normales".
"No pertenece al grupo etario de riesgo para Covid-19", concluye el informe del Servicio Penitenciario.
Finalmente, los jueces aseguraron en el fallo que "no deja de llamar la atención la repetitiva invocación" de la defensa de la situación por la pandemia, como solicitud de morigeración de la prisión.
El cumplimiento de la prisión preventiva de Nahir Galarza "no exhibe posibilidad de asimilarse a ninguno de los supuestos normativos esgrimidos por su defensa", indicaron y por eso rechazaron el pedido.
Asimismo, las razones que fundamentaron su prisión en la Unidad Penal 6 de Paraná "se mantienen y no han variado", al igual que en abril pasado cuando se realizó el mismo pedido.
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